Hoy necesitamos implementar la Ley Estatutaria en Salud, logrando la voluntad política, recogiendo la extensa legislación que no se obedece, programando los recursos suficientes, suprimiendo a la mayor brevedad posible la intermediación financiera.
Por Dr. Roberto Díaz González – Presidente Sindicato de Ortopedistas -SINTRAUMA- y miembro de la Sociedad Colombiana de Cirugía Ortopédica y Traumatología (SCCOT) del Huila.
Es evidente que la lucha ha sido larga, para construir un estado social de derecho, para poner en el centro del debate político la salud, la vida, la paz, la comida, la soberanía alimentaria, el saneamiento básico, la vivienda digna, la ecología, el trabajo formar, la economía del bienestar, la construcción de riqueza de la nación, en resumen, los determinantes sociales de la salud.
Hoy necesitamos implementar la Ley Estatutaria en Salud, logrando la voluntad política1, recogiendo la extensa legislación que no se obedece, programando los recursos suficientes, suprimiendo a la mayor brevedad posible la intermediación financiera, agotando la vía ejecutiva, organizando el sistema por territorios sanitarios, estructurados para garantizar una cobertura global, que superen las divisiones político-administrativas y las regiones, reconociendo las realidades geográficas, sociales y culturales, asignado la población a una red única e integral a cargo del Estado, e integrando las redes privadas que soporte el mercado, con la gobernanza a cargo de los Consejos Territoriales de Salud Renovados, donde participa la autoridad sanitaria, el Talento Humano en Salud y los usuarios, que respondan a sus necesidades y prioridades, que planifiquen, asignen recursos, evalúen y controlen el uso de los dineros de la salud.
Agrupar a las instituciones públicas en una sola administración2 con los tres niveles de complejidad, sin barreras por autorizaciones, que reciban el total del situado fiscal, con regulación del subsidio a la oferta, que respondan como gestores con autonomía e independencia, articuladas con las instituciones privadas agrupadas en consorcios de acuerdo a la capacidad instalada, sin competir por el dinero, que respondan por la gestión derivadas de las cotizaciones, con participación vinculante de los trabajadores y pensionados aportantes, dedicadas todas a prevenir, atender, rehabilitar y paliar.
Consolidar el fondo único pagador como capital autónomo de la seguridad social en salud, con subcuentas del contributivo y el subsidiado para cada territorio sanitario, que desarrolle instrumentos de evaluación y control, además defina el techo financiero del presupuesto de gastos de funcionamiento, con mecanismo de pago a fin de mes del total del ingreso recaudado, con saldo cero, con sostenibilidad económica, con desaparición de burbujas financieras y que así desaparezca las quiebras periódicas derivadas de fallas estructurales.
El modelo financiero mixto, en el origen de los recursos, la gestión y prestación del servicio, incluye la vinculación de la totalidad de los trabajadores por las normas laborales, con una escala salarial única nacional, con primeras equitativas, con formación en el nivel universitario público para cada territorio, y con participación de la universidad privada según la demanda, con la actualización reglamentada por el sector salud y desarrollada por el sector educación como extensión a sus graduados.
La cadencia la determina el Congreso Nacional, que en cuanto deje de legislar atendiendo las evidencias académicas y científicas, renuncia a la democracia3, la posibilidad de éxito depende de la organización del sector y del cabildeo en Cámara y Senado de la Academia, las sociedades científicas, las federaciones, los colegios de las profesiones, las universidades en ciencias de la salud, las asociaciones de egresados, los sindicatos, conciliando las peticiones de las asociaciones de pacientes y usuarios, de las instituciones hospitalarias, para tener un cambio del pacto, en el marco de la carta de la navegación de Los Acuerdos Fundamentales de conformidad con el compromiso de campaña electoral.
- Plan Decenal de Salud Pública 2012-2022, marco conceptual, comisión DSS.
- Ley 1454/11 Concepto y finalidad del ordenamiento territorial.
- Manipuladores de opinión, bulas y certezas, S. Lewandowsky, DW documental.
Fuente: Órgano de información del Colegio Médico Colombiano. Epicrisis. Ed. Nº 29 (Septiembre-Noviembre 2023). ISSN: 2539-505X (En línea).
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