Regulación por VMR, Acuerdo de Punto Final y Techos de Recobro
Uncategorized

Regulación por VMR, Acuerdo de Punto Final y Techos de Recobro


Tres ejes de política pública en salud se basan en información dudosa.


La Fundación IFARMA y la FMC afirman que la información magnética de Recobros por prestaciones no incluidas en plan de beneficios (NoPBS antes NoPOS) tiene múltiples inconsistencias que aún no fueron debidamente aclaradas. Por lo tanto, si los Valores Máximos de Recobro (VMR), las cifras del Acuerdo de Punto final y los Techos de recobro se basan en esos datos, tenemos un grave problema de fiabilidad.


1. Inconsistencias en la información magnética de recobros

Después de un largo litigio frente a los administradores fiduciarios -Consorcios Fidufosyga y SAYP- y el propio Ministerio de Salud, la FMC comprobó que la información magnética de recobros por $ 8 billones pagados entre 2005 y 2010 tenían múltiples valores absurdos, duplicados y triplicados, sin identificación adecuada de prestaciones, con prestaciones POS recobradas como NoPOS, etc.

El año 2012, el Ministerio de Salud aceptó dichas inconsistencias, pero las consideró “legales” porque “se respetó la normatividad vigente” e “inmodificables” porque no pudo glosarlas dado que ni el Administrador fiduciario ni el Ministerio tenían “facultades legales o contractuales para hacerlo”.

Argumentos que fueron negados por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema cuando ordenó entregar información validada de 26 principios activos seleccionados por la FMC.

El Ministerio cumplió parcialmente esta sentencia, entregando la prueba piloto y los resultados Fase I y II de Rituximab, pero faltó completar datos de los 25 principios activos restantes y adoptar las medidas apropiadas para perfeccionar y transparentar la información auditada o validada de los recobros.

El 26 de julio de 2019 en respuesta a una petición de la Fundación IFARMA que encontró inconsistencias iguales a las denunciadas por la FMC en la información de recobros por tutelas de los años 2012-2018, la ADRES esgrimió argumentos similares a los del Ministerio en 2012:

La información magnética de recobros corresponde a datos diligenciados por las EPS y EOC, de acuerdo con la normatividad vigente.

La normatividad vigente impide modificar inconsistencias en la información de recobros.

El pago se realiza tras la verificación de los soportes allegados y aprobación de “auditoría integral”.

Cuando existen diferencias con la información magnética, prima la información de los soportes.

No pueden negarse estos pagos porque la Corte Constitucional ordenó “eliminar requisitos inocuos” y no “imponer glosas inconsistentes o infundadas”.

La regulación del proceso de auditoría no ha exigido la creación de una base de datos validados y las actividades de auditoría tienen “presunción de legalidad” porque “se presumen realizadas con estricta sujeción al principio de legalidad en el ejercicio de la función administrativa”.

En resumen, la información magnética de recobros tiene tantas inconsistencias graves, que la FMC y la Fundación IFARMA hablan de una “catástrofe informática”. Pero, para ADRES, eso es responsabilidad de las EPS y EOC recobrantes, y nadie tiene facultades legales para modificarlas.

Entonces, cada recobro se pagó con base en la auditoría integral de la documentación allegada y cuando existieron inconsistencias, los datos del medio magnético pasaron a ser “requisito inocuo”, nada quedó en alguna base de datos y todo resultó legal por el “principio de legalidad en el ejercicio de la función administrativa”. ¡Increíble!.

2. Inconsistencias en información magnética de recobros, no son irrelevantes

El propio ministerio de Salud está difundiendo imágenes de la importancia del NoPBS (antes NoPOS) en los gastos del sector salud el año 2018 (ver gráfico N°1). Puede verse claramente que dicho gasto bordea el 10 por ciento del total, algo que resulta demasiado alto desde la perspectiva de pérdidas por inconsistencias en las cuentas y 10% del problema cuando se habla de soluciones estructurales a los problemas de la salud.

Gráfico N°1: La importancia del NoPBS (antes NoPOS) bordeó el 10% del gasto en salud de 2018

Obviamente el sistema de salud necesita reformas estructurales que no están solo en el NoPOS-NoPBS.

3. Inconsistencias en información de recobros, afectan cifras del Acuerdo de Punto Final

Otra imagen que el propio ministerio de Salud está difundiendo para presentar el déficit acumulado de los recobros por prestaciones NoPOS-NoPBS (y justificar el Acuerdo de Punto Final) se muestra en el gráfico N°2. Sorprende la serie de valores “recobrado” y “aprobado” de los años 2006-2018 para un “desbalance acumulado” de COP 7,42 Billones corrientes.

¿Cómo entender que, siendo mayor el valor recobrado que el aprobado, se generen deudas por los valores “no aprobados”? ¿Cómo entender la nota de ADRES que habla de “valores radicados” y “efectivamente pagados” sin incluir glosa? ¿Existen entonces unos valores “radicados”, otros “aprobados y pagados” y otros “aprobados no pagados” que se convierten en deuda y además glosa”? ¿Y esa clasificación está en el Manual de auditoria integral o algún documento legal?.

Gráfico N°2: Datos con los que se calculó el déficit acumulado del Acuerdo de Punto Final

La pregunta inevitable es: ¿De dónde se obtuvieron los valores de 2006-2018? ¿De la información de recobros con múltiples inconsistencias que fueron denunciadas por la FMC y la Fundación IFARMA?

4. Inconsistencias en información de recobros, afectarán cifras de Techos de Recobro

Finalmente, la asignación de recursos en aplicación del Art.240 de la Ley 1955-PND -que está en pleno desarrollo y empodera más a las EPS encargándoles la gestión y administración de recursos del NoPBS- dependerá de la información magnética de recobros.

Suponer que esa información estará libre de errores y será justa, exacta y transparente, resulta siendo utópico, dada la gran cantidad y variedad de prácticas perversas que se desarrollaron en el sector.

Manteniendo el favorecimiento irracional a actores de mayor poder, con Valores Máximos de Recobro y menor regulación, con inconsistencias en la información de recobros que corrompe las cifras del Acuerdo de Punto final y Techos de Recobro, el sistema de salud continuará su camino hacia el colapso financiero.

noviembre 22, 2019

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comité Editorial

Director
Dr. Stevenson Marulanda Plata

Editora
Maricielo Acero Rodríguez

Asesores Médicos
Dr. Jorge Diego Acosta Correa
Dra. Ivonne Díaz Yamal
Dr. Oswaldo Alfonso Borraez
Dr. Samuel Barbosa

Contacto comercial
Mary Stella Ardila Guzmán

NOSOTROS

Epicrisis es el órgano oficial de comunicación del Colegio Médico Colombiano. La opinión y conceptos personales expresados en los artículos firmados por un tercero no reflejan la posición de Epicrisis o el Colegio Médico Colombiano.

PBX: (+571) 746 3489 – Celular:(+57) 314 566 2174 – (+57) 323 232 4543 – (+57) 323 232 7752 – (+57) 314 566 2198Email : pqrs@colegiomedicocolombiano.org
Dirección: Carrera 7 # 69 – 17 – Bogotá, Colombia