El CMC en Bolívar, ejemplo de trabajo social y fortalecimiento del derecho a la atención en salud
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El CMC en Bolívar, ejemplo de trabajo social y fortalecimiento del derecho a la atención en salud

La medicina y la gobernanza en salud rara vez caminan juntas, pero el Colegio Médico Colombiano (CMC)- Seccional Bolívar, con el doctor Henry Vergara Sagbini, médico pediatra; exdirector de Salud Distrital en Cartagena; exprofesor de ética y bioética médica de la Universidad de Cartagena, ha logrado crear el escenario se ha movido por dos fuerzas que se cruzan: una denuncia que llegó al centro del debate nacional por la violencia sexual contra niños y adolescentes, y una hoja de ruta institucional para ordenar, dignificar y fortalecer la salud pública desde la estructura de los consejos territoriales.

La denuncia que encendió el debate nacional y abrió paso a una ley

La historia que antecede a esta nueva etapa de gestión no empieza en un tablero institucional: empieza en una denuncia que tuvo repercusión nacional y que alcanzó a inspirar el trabajo legislativo del Senado de la República. Esa denuncia motivó la presentación de una Ley de endurecimiento de penas e implementación de medidas preventivas con el objetivo de eliminar el comercio sexual de niños y adolescentes, especialmente en ciudades altamente turísticas, como Cartagena.

“Estamos trabajando de la mano con la reelecta Senadora Nadial Blel para que esta nueva ley que protege la infancia en Colombia sea una realidad. Como gremio médico hemos querido ser parte de la solución para que los niños sean protegidos de la explotación sexual, las ETS, la violencia, entre otros flagelos”, señala el doctor Vergara.

Pese a que el proyecto legislativo fue interrumpido por el debate electoral, el mensaje es claro: cuando el texto entre en la fase final, se aplicaría como de obligatorio cumplimiento para el resto del país, elevando el alcance desde Bolívar hacia todo el territorio nacional.

En el mismo contexto, el doctor Vergara plantea que es necesario pasar de la denuncia y la indignación social a la construcción normativa, y de ahí a la prevención y la sanción como estrategia integral.

Homenaje a quienes sostuvieron la salud durante la pandemia

Mientras el debate penal avanza hacia su consolidación, la memoria institucional también busca un lugar permanente. El doctor Vergara, en su liderazgo como representante del CMC en el departamento de Bolívar, plantea un homenaje perpetuo a los médicos caídos durante la pandemia por la Covid-19. A esa memoria se la ha bautizado como Guerreros de bata blanca”, mediante una escultura que se colocará en un lugar preponderante de Cartagena.

Vergara menciona que la iniciativa ya cuenta con un aval clave: la aprobación del Alcalde Mayor de Cartagena, quedando a la espera que lo permita la Ley de Garantías electorales. Este proyecto no parte de cero, pues se menciona en diversas propuestas recibidas hasta el momento, con el respaldo de la Academia Nacional de Medicina y del Rector de la Universidad de Cartagena, quien también aprobó unos proyectos de educación médica continuada y la edición de un libro en homenaje a docentes fallecidos, titulado Maestros de Carne y Sueños. El homenaje se integra a una continuidad editorial y a una tradición pedagógica que no se extingue con el fallecimiento.

En esa misma línea, el presidente del CMC en esa regional está trabajado en colaboración con los colegios del distrito para que los jóvenes se conviertan en guardianes.

El punto de encuentro entre el CMC y la administración pública

Un punto central es cómo se organiza la participación y la toma de decisiones en salud en el nivel territorial, en razón a que el CMC hace parte del comité distrital de seguridad social tanto del distrito como del departamento. Según el presidente del CMC-seccional Bolívar, allí aparece un documento normativo cimportante: el Acuerdo Número 25 de 1996, que establece el régimen de organización y funcionamiento de los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud.

Según la norma, los departamentos, distritos y municipios podrán crear consejos seccionales, distritales o municipales para ejercer funciones previstas en el marco de la Ley 100 de 1993. En el corazón del mecanismo está la idea de que el sistema no opere únicamente desde arriba, sino con participación de actores regionales y sociales.

De acuerdo con el documento, la conformación incluye un componente gubernamental y uno social/sectorial. Entre los integrantes se encuentran:

  • El gobernador o el alcalde (preside sesiones).
  • El director de salud (o quien haga sus veces).
  • El secretario de Hacienda.
  • Representantes de direcciones de salud municipales (o representantes territoriales en distritos y municipios, según el caso).
  • Representantes de empleadores y trabajadores, incluyendo pensionados.
  • Funcionarios del entonces ISS (hoy sistema transformado; el documento conserva el diseño original).
  • Representantes de EPS distintas al ISS o de entidades solidarias.
  • Representantes de instituciones prestadoras de servicios de salud.
  • Un representante de profesionales del área de salud.
  • Un representante de asociaciones de usuarios.
  • Un representante de comunidades indígenas, elegido según usos y costumbres.

Además, el parágrafo contempla designación por períodos (dos años desde posesión), con reglas sobre carácter personal de la designación y prohibición de suplentes o delegados.

El mismo documento establece que el Secretario Técnico es el Secretario de Salud distrital o departamental, a través del cual se presentan propuestas y estudios para soporte de decisiones.

El Acuerdo 25 de 1996 señala funciones que van más allá de la discusión: implican asesorar planes, recomendar adecuaciones, promover transformaciones y vigilar el cumplimiento de políticas.

Entre las atribuciones destacadas están:

  • Asesorar la formulación de planes y estrategias de salud en la jurisdicción.
  • Recomendar adecuación del Plan de Atención Básica (PAB).
  • Promover descentralización y ajuste institucional.
  • Impulsar transformación hospitalaria hacia Empresas Sociales del Estado (ESE) y políticas de desarrollo gerencial.
    Velar por participación comunitaria, constitución de entidades solidarias cuando existan condiciones, y evitar selección adversa en poblaciones pobres y vulnerables.
  • Velar por afiliación en regímenes contributivo y subsidiado.
  • Hacer seguimiento del SISBEN y manejo de información derivada.
  • Implantar y evaluar el Plan de Beneficios, sus regímenes, con límites que establece la norma (el ajuste UPC-S no puede superar el valor de UPC-C).
  • Autorizar la creación de otros consejos en municipios que lo ameriten.

Este marco legal funciona como una columna vertebral de gobernanza, dado que define quién participa, qué decisiones se pueden tomar y con qué límites y periodicidad.

Las decisiones se formalizan mediante acuerdos, numerados sucesivamente, firmados por presidente y secretario técnico, y con envío de copia a la instancia nacional dentro de un plazo definido.

En cuanto al quórum deliberatorio y decisorio, el consejo puede deliberar y decidir con presencia mínima de ocho miembros, y las decisiones requieren el voto favorable de la mitad más uno de los asistentes. Si no hay quórum en una reunión ordinaria, existe un procedimiento para convocar una nueva sesión dentro de un rango de fechas.

El mecanismo, en suma, es procedimental: la participación no es solo política, también es administrativa, documentada y auditable.

Cartagena: proyectos, inversión pública y validación técnica

Otro logro se en esta región del país es la puesta en marcha de la gobernanza en trámites concretos. Con fecha Cartagena de Indias, 7 de noviembre de 2025, aparece una comunicación del doctor Rafael Navarro España, Director del Departamento Administrativo Distrital de Salud (DADIS), remitida a la E.S.E. Hospital Local Cartagena de Indias, con motivo de anunciar la apertura excepcional del aplicativo del Plan Bienal de Inversiones Públicas en Salud 2025-2026 y la necesidad de remitir información para revisión y validación. La E.S.E. Hospital Local, según el texto, remite documentos anexos con proyectos que se incluirán en el aplicativo, vinculados al plan de fortalecimiento de la red pública hospitalaria del Distrito de Cartagena.

Los proyectos reportados buscan la ampliación de la cobertura, el mejoramiento de la infraestructura física, la adecuación tecnológica y la implementación de nuevos servicios, con el propósito de cumplir normas de habilitación vigentes y garantizar una atención integral a la población cartagenera y de zonas aledañas.

La gestión del doctor Vergara muestra, por un lado, que la región está trabajando en medidas punitivas y preventivas ante el problema de explotación sexual de menores que sufren ciudades como Cartagena; por otro, que mientras la ley busca endurecer las consecuencias para los delitos sexuales contra los niños y menguar el daño, la gobernanza sanitaria busca que el sistema funcione con capacidad real de infraestructura, tecnología, servicios, educación continua y decisiones tomadas en acuerdos conjuntos.

Fuente: Órgano de información del Colegio Médico Colombiano. Epicrisis. Ed. Nº 40 (Junio-Agosto 2026). ISSN: 2539-505X (En línea). #SaludDignaYA

4 julio, 2026

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