Alternativas para reformar el sector de la salud en Colombia
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Alternativas para reformar el sector de la salud en Colombia


Por Dr. Roberto Díaz González – Asociación Gremial y Sindical de Cirujanos de Ortopedia y Traumatología de Colombia – SINTRAUMA

Lo cierto es que tenemos un modelo financiero estructuralmente inviable, basado en las IPS estimuladas a facturar y gastar al máximo, como si no fueran finitos los recursos y para hacer contrapeso se idearon las EPS que además de generar utilidades pretendían controlar el gasto dilatando, glosando, desautorizando, embolatando los pagos de eventos ya realizados; esto solo cabe en la cabeza de alguien que desconoce el proceso de producción del sector o responde a algún interés oculto con la lógica de la corrupción.

La economía es una ciencia social, que responde al interrogante de cómo satisfacer las necesidades con la utilización de unos recursos escasos, que define los modos de producción acumulación y distribución de la riqueza, las escuelas de pensamiento económico opinan sobre lo que debe ser, no aplican leyes exactas.

La economía del bienestar define la salud y la calidad de vida como resultantes de factores sociales, económicos, necesidades individuales, libertades emocionales, entornos ecológicos, así como a obstáculos como la pobreza, la ignorancia y la falta de oportunidades.

Son los especialistas en finanzas los formados para definir el modelo de ingresos y gastos con sostenibilidad fiscal, los techos financieros, las variables de evaluación, los indicadores de eficiencia y productividad, los criterios de utilidad social sobre utilidad económica, la asignación de presupuestos, la distribución regional.

El sistema de salud colombiano está en evolución, es una “papa caliente”, el ministro Gaviria advirtió que el globo financiero explotaría y el ministro Ruiz se está esforzando en privatizar. Las teorías conceptuales se polarizan sobre la antipatía o simpatía con la administración del presupuesto público por particulares o por el Estado; el criterio imperante es que a las fallas del Estado las corrige el mercado y a las fallas del mercado las enmiendan los movimientos sociales, transversos a los partidos políticos, con fines didácticos se tipifican estos modelos correspondientes.

El modelo de mercado consagrado en el titulo XII de la Constitución, acerca del régimen económico y la hacienda pública, está guiado por la propiedad privada, la libre competencia económica y la globalización; se acomoda con la forma imperante del capitalismo financiero transnacional del siglo XXI; los recursos se originan en la banca mundial y previa garantía del porcentaje de intermediación, se autoriza la conformación de conglomerados financieros.

De esta forma el gran capital compra todas las empresas de un sector real de la economía a nivel mundial, tanto del sector público como del privado a precio de remate, esto supera los controles del Estado.

Así como ocurrió con la industria automotriz, ahora está de turno el sector sanitario mediante la modalidad del aseguramiento privado donde se limita el riesgo a la atención básica primaria y para controlar el costo se crean planes complementarios con recursos del “gasto de bolsillo”; la contratación de profesionales debería someterse al régimen del código sustantivo del trabajo pero se monopoliza el mercado laboral, proletarizando la mano de obra, no hay necesidad de molestarse en conformar sindicatos.

El modelo de Estado social de derecho consagrado en el titulo II de la constitución, sobre las garantías de igualdad desde el nacimiento de todos los seres humanos, está guiado por la promoción del Estado de condiciones para que la igualdad sea real, efectiva y adopte medidas para favorecer a los grupos marginados; por lo tanto, no sería necesario afiliarse a ninguna red de prestadores, con el simple documento de identificación sería suficiente; como todo derecho no se debe pagar por recibirlo, esa es la finalidad de los impuestos nacionales, no resultaría de utilidad estratificar socioeconómicamente pues resulta contrario la existencia de privilegios o regímenes especiales, así la administración de los recursos los gestiona un fondo estatal, los trabajadores del sector se vinculan mediante planta global total y se afilian al sindicato único de rama, asociado a un partido de gobierno robusto.

En el modelo que plantea la ley estatutaria en salud, 1751/15 sobre la garantía al derecho fundamental a la salud, el Estado es quien asegura la prestación del servicio de manera integral con redes derivadas de la inversión pública, privada o mixta, diseñada por la Gran Junta Médica Nacional e impulsada por un masivo movimiento social; actualmente se está en etapa de implementación, guiada por la prevención, la promoción y la atención según las necesidades y no sobre la lógica del negocio, financiado básicamente con dineros públicos que no ingresan al presupuesto nacional, para conformar un capital autónomo, sin dueño, que no puede desviarse del fin determinado por esta ley, que obliga a las personas con capacidad de pago al financiamiento de sus gastos en salud, que desarrolla los principios de equidad subsidiando a las personas de escasos recursos, de aplicación gradual, con planificación del gasto, con sostenibilidad fiscal, con eficiencia económica en la utilización de recursos y con rentabilidad social.

El intermediario financiero focaliza el aspecto fundamental de la crisis, no hay termino medio, desde la óptica del mercado destruye valor, realiza funciones que se pueden suprimir o modificar haciendo menos costoso el proceso de producción del servicio de salud, además explota al sector real de la economía; desde la óptica del derecho fundamental a la salud este intermediario se está apropiando del presupuesto público, es imposible controlar o medir, es fuente de toda corrupción, sobrevive por el lobby en el Congreso, funciona con la lógica de la utilidad económica, disociado de las determinantes sociales de bienestar, de modificar la morbilidad y la mortalidad de las poblaciones.

septiembre 13, 2021

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