Especialistas médico quirúrgicos deben registrarse en el ReTHUS
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Especialistas médico quirúrgicos deben registrarse en el ReTHUS


El Ministerio de Salud y Protección Social informó que solo el 45 por ciento de estos profesionales ha cumplido con el requisito, fundamental para ejercer.


Para que los especialistas médico quirúrgicos puedan seguir desempeñando estas funciones, es necesario que las reporten en el Registro Único de Talento Humano en Salud (ReTHUS) y tengan actualizada esas inscripciones.

Luis Gabriel Bernal Pulido, director de Talento Humano en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social, hizo un llamado a los médicos a que registren sus especialidades, pues hacerlo oportunamente permitirá que la prestación de servicios de salud se ejerza bajo las normas y leyes colombianas.

“El más reciente dato de 2018 da cuenta de que en el ReTHUS están registrados 14.500 especialistas medico quirúrgicos de los 24.700 reportes que tenemos en el Ministerio, es decir, el 45 por ciento de los especialistas en Colombia ha omitido su deber de reportar obligatoriamente su especialidad, para poder ejercer en Colombia”, afirmó Bernal.

Si una persona ejerce una especialidad médico quirúrgica y no hay registro en el ReTHUS, estará ejerciendo ilegalmente la profesión. Esta inscripción solo aplica para las profesiones y ocupaciones en salud que se consideran talento humano en el sector.

Que un especialista esté registrado, les permitirá a los usuarios mantenerse correctamente informados sobre la libre elección del prestador de servicios de salud.

“De esta forma garantizamos el pleno ejercicio del derecho a la salud y el Gobierno nacional cumple su misión de planear y estimar las necesidades de talento humano en salud en cada territorio”, explicó Bernal.

Además, estar debidamente registrado en el ReTHUS les permitirá a los especialistas médico quirúrgicos acceder y utilizar las plataformas tecnológicas de prescripción en línea, como MIPRES, para validar los datos que se reportan respectivamente al Ministerio de Salud y Protección Social.

Según las Resoluciones 1885 y 2438 de 2018 del Ministerio de Salud y Protección Social, las Juntas de Profesionales de la Salud deben estar conformadas por al menos tres profesionales que se encuentren inscritos en el ReTHUS, quienes deben decidir respecto de las prescripciones de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC.

Fuente: www.minsalud.gov.co
septiembre 23, 2019

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