Defender la salud o el mercado, esa es la cuestión
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Defender la salud o el mercado, esa es la cuestión


El tiempo ha demostrado que el actual modelo de salud ha sido igualmente incapaz de solucionar las necesidades en salud de la población y que perpetúa la paradoja de generar incentivos para poner barreras de acceso, por un lado, y de provocar excesos terapéuticos, por otro lado, señaló Martínez.


La aprobación de la Ley Estatutaria de la Salud (LES) suponía un nuevo escenario en la prestación de servicios de salud. La realidad es que siete años después la salud sigue siendo un mercado que se rige bajo los principios de toda empresa: ser rentable, buscar expandirse, ser sostenible y diferenciarse de las demás, así lo dijo Luis Alberto Martínez Saldarriaga, odontólogo especialista en administración de servicios de salud, magister en gobierno y políticas públicas, y Coordinador de la Mesa Antioquia por la Transformación del Sistema de salud colombiano en la Cita con el Experto del Colegio Médico Colombiano.

El modelo de aseguramiento puesto por la Ley 100 resulta incompatible con la LES porque tienen objetivos absolutamente opuestos, afirmó el doctor Martínez.

“Sin embargo, seguimos atrapados en la trampa de la mercantilización de los servicios de salud, en donde la salud es una mercancía que se rige bajo las leyes del mercado, y los agentes del sistema operan motivados por la competencia regulada”.

Con el modelo del aseguramiento surgieron unas empresas aseguradoras (EPS) para garantizar la sostenibilidad financiera del sistema y hacer las veces de articuladoras o intermediarias entre las instituciones que prestan los servicios de salud (IPS) y los usuarios. En contraprestación a estas actividades, las EPS reciben un pago por parte del Estado -denominado UPC-, que corresponde a un valor fijo por cada afiliado para que le asegure unos servicios incluidos en un plan de beneficios en salud. Eso ha incentivado a que las EPS traten de utilizar menos recursos en la prestación de los servicios de salud para tener más utilidades, explicó el odontólogo.

De otro lado, en la lucha por el mercado, tanto los prestadores públicos como privados tienen claro los objetivos de una empresa: ser productiva y facturar. Eso ha llevado a que clínicas y hospitales promuevan los servicios más restables y de alto costo, como los cuidados intensivos, y cierren aquellos que no dejan utilidades, como las salas materno infantiles”.

El tiempo ha demostrado que el actual modelo de salud ha sido igualmente incapaz de solucionar las necesidades en salud de la población y que perpetúa la paradoja de generar incentivos para poner barreras de acceso, por un lado, y de provocar excesos terapéuticos, por otro lado, señaló Martínez.

“En esa mecánica dañina del lucro la red pública no se salva. Si los hospitales públicos no son sostenibles, corren la suerte de ser intervenidos o liquidados por estar en riesgo fiscal y financiero. Así, seguimos dando vueltas en la rueda, pues lo que gana una de las partes, lo pierde la otra, y viceversa”.

El racionamiento de servicios por medio de autorizaciones médicas, la negación de otros tantos y la constricción a la autonomía médica llevó a la Corte Constitucional a expedir la sentencia T-760 en 2008, que marcó un giro en el sistema de salud. En esa sentencia la Corte ordenó unificar los planes de beneficios, actualizarlo anualmente y se adoptaron diversas medidas respecto a la corrupción asociada a los recobros, y en el control de precios de medicamentos y tecnologías. 

El negocio de la salud niega el derecho a la salud

En lo que lleva de vigencia el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), la tutela ha sido el instrumento utilizado por los pacientes para acceder a servicios de salud incluidos en el plan de beneficios.

En 2015 la Corte Constitucional declaró exequible la Ley Estatutaria de la Salud que modificó la  estructura del sistema y que reconoció que la salud es un derecho fundamental, autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo.

Estas son las principales diferencias entre el sistema que rige la Ley 100 y el que diseña la LES:

  • Sostenibilidad financiera como fin y no como medio para alcanzar el objetivo vs cubrir de manera satisfactoria las necesidades de salud de la población.
  • Segmentación de la población de acuerdo con la capacidad de pago vs universalidad del derecho a la salud.
  • Modelo curativo, morbi-céntrico, centrado en atender la enfermedad vs modelo de prevención y promoción de la salud.
  • Constreñimiento del ejercicio profesional para la contención del gasto vs respeto a la autonomía médica con autorregulación.
  • Fragmentación o atomización de los servicios de salud vs integralidad de la atención en salud.
  • Exigencia de rentabilidad a los hospitales públicos (rentabilidad económica) vs financiamiento de la red pública hospitalaria (rentabilidad social).
  • Competencia regulada entre los agentes del sector vs solidaridad entre los actores del sistema.
  • Vulneración permanente del talento humano en salud vs dignificación del talento humano en salud.

Los diez mandamientos para reformar la salud

Con la entrada de un nuevo gobierno que ha propuesto implementar la Ley Estatutaria de la Salud, el doctor Martínez como coordinador de la Mesa Antioquia por la Transformación del Sistema de salud colombiano enumeró los puntos más importantes que debe contemplar la reforma a la salud:

  1. Construir un sistema de salud centrado en las personas.
  2. Planificar los servicios según las necesidades de la población en cada territorio y tener redes resolutivas. Para ello se necesitan recursos adecuados y suficientes, bajo una gobernanza que reúna al Estado y a la comunidad con el fin de garantizar el manejo eficiente de los recursos.
  3. Acabar con la segmentación de la población según su capacidad de pago, darle a la población igualdad de trato y atención de calidad a todos por igual.
  4. Recuperar la autonomía y autoridad sanitaria, especialmente a nivel territorial.
  5. Implementar modelos de gestión territorializada para que las personas puedan recibir la mejor atención cerca a los lugares donde viven.
  6. Desarrollar el modelo de atención integral y el modelo de atención primaria en salud con enfoque diferencial en territorios(zonas urbanas, cabeceras municipales, zonas rurales y rurales dispersas), con el objeto de reducir la fragmentación.
  7. Pasar de la competencia entre los agentes a la cooperación de los mismos. Eso implica cambiar el modelo de financiación de los hospitales públicos, para que esta no dependa de la venta de servicios.
  8. Aseguramiento social en salud.
  9. Desarrollar una política integral del THS. Mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores de la salud y definir los componentes de formación, gestión y ejercicio del talento humano en salud.
  10. Mejorar las capacidades a nivel territorial mediante una reforma a la ley de competencias y recursos.
agosto 8, 2022

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