Lo bueno, lo malo y lo preocupante del proyecto de reforma a la salud
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Lo bueno, lo malo y lo preocupante del proyecto de reforma a la salud


Después de analizar los 232 artículos que se conocen del borrador del proyecto de reforma a la salud, el doctor Herman Redondo dijo que la propuesta del gobierno debe apoyarse en Ley Estatutaria de la Salud y que si se eliminan las EPS debe ser por algo mejor.


Desde la campaña para la presidencia el gobierno ha insistido en que debe hacerse una reforma estructural al sistema de salud, sin tener en cuenta que esa reforma ya se hizo cuando se aprobó en febrero de 2015 la Ley 1751, o Ley Estatutaria de la Salud, y que lo que falta es reglamentarla. Esa fue una de las conclusiones del doctor Herman Redondo Gómez, médico ginecólogo y obstetra, actual Magistrado del Tribunal de Ética Médica de Cundinamarca, miembro de número de la ANM, coordinador de la Comisión permanente de Ética y coordinador del Comité de Asuntos Legislativos de esta misma institución durante la sesión de  Cita con el Experto del Colegio Médico Colombiano, en la que hizo un análisis de la versión preliminar del articulado de la reforma a la salud que presentará la ministra Carolina Corcho el próximo año.

Aunque el objetivo de restructurar el Sistema de Seguridad Social en Saludcoincide con la motivación que tuvieron las 12 organizaciones médicas y de profesionales de la salud al elaborar los 14 Acuerdos Fundamentales presentados por la Academia Nacional de Medicina, el borrador de reforma que tiene el gobierno despierta algunas preocupaciones y deja algunas dudas.  

En primer lugar, el doctor Redondo aclaró que el proyecto de ley mantiene el nombre del Sistema de Seguridad Social en Saludinstituido en la Ley 100 de 1993, cuando debería utilizarse el nombre de “Sistema de Salud establecido el artículo 4 de la Ley Estatutaria de la Salud (LES). “No es simplemente un cambio de nombre, los dos sistemas tienen connotaciones e implicaciones muy diferentes, no es solo un tema semántico. El primero implica afiliación y aseguramiento, que es precisamente lo que el proyecto modifica”.

En el punto de los determinantes sociales, tanto los Acuerdos como el proyecto resaltan la importancia de atender las condiciones de vivienda, educación, empleo, medio ambiente y economía en las que viven las comunidades, debido a que afectan de forma directa e indirecta el bienestar y salud. Además el documento del gobierno precisa que las acciones correctivas sobre los determinantes “serán financiadas con recursos diferentes a los destinados al cubrimiento de los servicios y tecnologías de salud”; además de fijar sus fuentes en el Plan Nacional de Desarrollo. Debido a la relevancia que tienen los determinantes sociales en el enfoque de los sistemas de salud en el mundo, los Acuerdos recogen la recomendación de la OMS al proponer la creación de la Comisión Intersectorial Nacional de Determinantes de Salud, integrada por todos los Ministros del gabinete, así como las Comisiones Departamentales y Distritales de Determinantes de la Salud.

Creación de consejos y fondos

En cuanto a la rectoría del sistema, el doctor Redondo explicó que es necesario la conformación del Consejo Nacional de Salud para que funcione como un organismo de concertación y dirección del sistema, con una composición más reducida – no de 38 miembros como lo propone el proyecto de ley-, para que tenga mayor eficacia. Del mismo modo se propone crear el Consejo Territorial de Salud y el gobierno adiciona los Consejos Territoriales y Regionales de Salud.

En el financiamiento, el magistrado coincidió con la propuesta de que el ADRES se convierta en un fondo público único y que tenga como junta directiva al CNS, pero dijo que la inspección y vigilancia de los recursos debía estar a cargo tanto de la Superintendencia Nacional de Salud como de la Superintendencia Financiera porque dicho fondo tendría que manejar más de 70 billones de pesos. Agregó que mientras el el sistema de financiación actual persista, se deben ordenar los estudios necesarios para establecer cada año el valor de la UPC y el costo de administración para las EAPB, o las entidades que las reemplacen. “La UPC no se puede definir por regateo, tiene que tener un estudio técnico científico porque fijar ese valor conlleva muchas complejidades. No cuesta lo mismo la atención en las zonas periféricas que en una capital, ni tampoco es lo mismo atender a un niño que a un adulto mayor”.

En el mismo aspecto de la financiación, el doctor Redondo afirmó que de aprobarse el inciso que establece que los recursos provengan de una partida anual del Presupuesto General de la Nación (PGN) equivalente a la sumatoria del monto total de las cotizaciones aportadas por patronos y trabajadores dependientes, provenientes de la cotización para la seguridad social en salud recaudadas en el año inmediatamente anterior, el sistema tendría una inyección muy importante de capital y garantizaría la sostenibilidad financiera que tanto se necesita. “En los Acuerdos planteamos la formalización laboral en el sector y eliminar las barreras económicas, como loscopagos o cuotas moderadoras, preexistencias, períodos mínimos de cotización o de carencia, y el gobierno así lo contempla”.  Sin embargo, dejó ver que una de las varias preocupaciones del proyecto de ley es que crea los Fondos Territoriales de Salud- en reemplazo de las EPC- administrados por las Direcciones Territoriales en Salud y crea unos Fondos Regionales en Salud administrados por un Consejo Administrador de la Seguridad Social en Salud integrado por representantes de los empleadores, los trabajadores y el gobierno en cada región, lo que puede generar un choque de competencias en el manejo de los dineros que a cada fondo le corresponda.

En la administración de los recursos y también en el aspecto de la prestación de servicios puede existir un conflicto de intereses por la creación de varios organismos -que no son pocos-, en los territorios para la misma gestión, enfatizó el doctor Redondo. “Por ejemplo, existen consejos, así como comisiones intersectoriales nacionales, departamentales, municipales, zonales, regionales, entre otros, que comparten objetivos muy similares entre ellos. La idea es que si se propone la eliminación de las EPS, sea para algo mejor y que haya menos burocracia en el engranaje del sistema”.

De la afiliación a la adscripción, pero sin fragmentación

Si bien hay mutuo acuerdo en la conformación de las redes integrales e integradas de servicios de salud en todo el país para garantizar el acceso a la atención integral de las poblaciones rurales y urbanas, cerca del lugar donde viven, y para solucionar uno de los mayores males del sistema que ha sido el fraccionamiento en la atención, el planteamiento del gobierno de crear varias redes: la red de servicios especializados ambulatorios, la red de servicios de hospitalización -incluye hospitalización domiciliaria-, la red de urgencias médicas, la red nacional de laboratorios, las redes integrales de apoyo(vigilancia en salud pública, servicios diagnósticos, farmacéuticos y de tecnologías en salud, y de rehabilitación) terminaría, según el magistrado, por perpetuar y acrecentar el problema de la fragmentación. 

En el tema del modelo de atención hay un cambio sustantivo porque al eliminarse las EPS es de suponer que se acaba con el aseguramiento, es decir se pasaría de la afiliación a la adscripción, señaló el experto. El proyecto indica que todos los ciudadanos deberán estar adscritos a un Centro de Atención Primaria en función de la cercanía a su lugar de residenciay que los ciudadanos pueden solicitar la atención primaria de manera temporal en un sitio diferente al que se encuentra inscrito originalmente. “Eso de alguna manera lesiona la portabilidad que se tiene, pues es un hecho que la seguridad social lo sigue a uno como la sombra en el actual modelo. Pero lo bueno es que ese nuevo modelo público prohíbe todo proceso administrativo de autorizaciones para la prestación de servicios”.

Un aspecto positivo, para el magistrado, es que los servicios médico-asistenciales de baja complejidad se prestarán simultáneamente con las actividades de prevención en salud. Los CAPS serán financiados directamente con recursos de los Fondos Municipales de Salud y todos sus trabajadores serán empleados públicos o trabajadores oficiales, no por OPS. Otro punto a favor es que la propuesta del gobierno contempla que el INS haga un censo a nivel nacional del recurso humano vinculado al sector de la salud, con el objeto de planificar la satisfacción de las necesidades del sistema y de igual forma propone mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de la salud.

La creación del sistema público integrado de información está contemplado en la estatutaria ypor eso el magistrado dio que no podía existir desacuerdo, pues “es hora de que el país tenga sistemas unificados de información, como la historia clínica electrónica unificada, e información que permita combatir la corrupción”.

Eso sí, uno de los interrogante que planteó el invitado es que si se terminan las EPS y al cabo de los dos años de transición, las funciones referentes a las EPS o las EAPB quedan derogadas, cuál será el futuro de  los trabajadores de las 30 EPS que están en funcionamiento en este momento, agregó.

¡Cuidado con penalizar el ejercicio médico!

Casi al finalizar su cita con el CMC, el doctor Redondo llamó a estar pendiente a los gremios médicos al debate en el Congreso del proyecto de ley porque hay un artículo en que solicita facultades extraordinarias al presidente para expedir normas con fuerza de ley que contengan la clasificación de empleos, el procedimiento para su vinculación y retiro y, en general, el régimen laboral para los servidores que prestan sus servicios en la red pública y privada de hospitales y demás instituciones de atención sanitaria de nivel nacional y territorial, así como para establecer el presente régimen especial para los trabajadores de la salud que se desempeñan en el sector privado, con el objeto de que lo aprobado por el legislativo vaya en el mismo sentido de lo propuesto en los Acuerdos. 

Redondo exaltó que la propuesta del gobierno desarrolla el artículo 17 de la LES acerca de la autonomía de los profesionales de la salud bajo los términos de autorregulación, ética, racionalidad técnico científica y evidencia médica. Sin embargo aclaró que a los profesionales no los autorregula un externo sino que es un acto propio. “El acto médico es el proceso resultante de la relación entre el médico y su paciente o representante legal, quienes actúan con plena libertad y autonomíaEl acto médico es responsabilidad del médico tratante, hace parte de ejercicio profesional, se realiza bajo los principios y leyes de la ética, la autonomía médica y la autorregulación por parte del médico tratante y del equipo de los demás profesionales y trabajadores de la salud que participen en él”.

Al finalizar el experto señaló el tema de mayor preocupación dentro de la propuesta de reforma, se trata del capítulo de régimen disciplinario y sancionatorio, pues para el magistrado se crean unos nuevos tipos penales para aplicarlo a los trabajadores de la salud. Dice, por ejemplo, que la omisión o denegación de urgencias en salud dará prisión de 48 a 96 meses, que la negativa, retraso u obstaculización de acceso a servicios de saludpuede dar prisión por 32 a 72 meses, y que habrá circunstancias de agravación punitiva. Ese proyecto, agregó Redondo, ya había sido presentado en 2008 y hubo un total desacuerdo por penalizar la labor médica e incluir al personal de urgencias y miembros de la juntas directivas de las ESE. “Debemos solicitar la eliminación de ese capítulo porque le hace daño al sector y vuelve muy peligrosa el ejercicio de la profesión médica en Colombia”, concluyó. 

septiembre 24, 2022

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