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Expresaré acá una corta reflexión sobre un tema de gran importancia para nuestra profesión y para la población, el SUICIDIO MÉDICAMENTE ASISTIDO.


Por Jorge Diego Acosta Correa – Anestesiólogo – Asesor en política gremial del Colegio Médico Colombiano

La Corte Constitucional ha emitido un comunicado de prensa anunciando que los magistrados del tribunal han aprobado, por mayoría, la despenalización del suicidio asistido.

El texto de la sentencia completa aún no se ha publicado y, en consecuencia, debemos esperarla para comentarios y análisis más exhaustivos.

Acerca de la labor de la misma Corte, respecto a este fallo y a otros que algunos por posturas ideológicas contrarias no aprueban, cabe recordar que es la misma corporación la que le ha solicitado al Congreso de la República, por más de 18 años y en respuesta a acciones de tutela presentadas por ciudadanos que consideran afectados sus derechos, que en cumplimiento de su deber legisle sobre el tema, a lo que el Congreso se ha negado reiterativamente.

De ahí que no pueda hablarse de injerencia indebida de la Corte en las funciones de otro poder ni de la dictadura de las Cortes, cuando estos órganos judiciales fallan en defensa de los derechos ciudadanos, según la letra y el espíritu de la máxima norma y como garantes que son de su cumplimiento y desarrollo. Tampoco la corporación desconoce la cultura y las tradiciones de nuestra nación, como afirman otros, porque precisamente estas sentencias responden a las solicitudes de ciudadanos que hacen parte de la sociedad, una ciudadanía que ha cambiado profundamente en el último medio siglo la visión y los valores propios de una sociedad patriarcal, tradicionalista y moralista, según unos cánones que hoy no son mayoritariamente homogéneos ni rígidos.

Nuestra sociedad ha pasado a ser más pluralista y multicultural, tal y como lo señala la actual Constitución. Ha cambiado profundamente las concepciones sobre la vida, la muerte, los valores y principios morales, las libertades y los derechos de las personas. Hoy podemos hablar de un pluralismo ético que no se puede desconocer y de una ampliación cada vez mayor de las libertades y de los derechos aparejados a ellas, sin que pueda negarse la necesidad del esfuerzo, ojalá de todos, por construir una ética civil compartida, universal, y la urgencia de contar con una firme cultura del deber, que se equilibre con la conquista progresiva de los derechos. Y en esa corriente social y cultural, a mi juicio como ciudadano del común, se ha inscrito el trabajo de la Corte.

No se trata de un asunto religioso ni de fe, sino de derechos y libertades, y de su protección legal. Millones de creyentes no ven contradicción entre su fe y la eutanasia o el suicidio asistido. Aún más, en las iglesias cristianas, católica o reformadas, entre sus jerarcas y teólogos se expresa cada día con mayor fuerza una corriente favorable o tolerante con estas disposiciones civiles, así como un mayor reconocimiento a la pluralidad ética en democracia. Las sentencias de la Corte no obligan a nadie a tomar conductas contra su conciencia moral, por el contrario, garantizan el derecho de todas las personas a la libertad de optar por la muerte que consideren digna. Y dado el caso de que se vean sometidos al final de la existencia a intensos sufrimientos sin esperanza de curación, estas personas tengan el alivio necesario, cumpliendo antes con unos requisitos estrictos de verificación y unos protocolos precisos de intervención por parte de personal idóneo.

Con los cuidados paliativos disponibles para todos, el no encarnizamiento terapéutico, la cesación del esfuerzo terapéutico (llamado antes eutanasia pasiva), la eutanasia (con el médico como agente activo), el suicidio médicamente asistido (con el médico como conductor del proceso a solicitud y la persona como agente activo) y los debidos y necesarios cuidados físicos, nutricionales, fisioterapéuticos, ambientales, afectivos y espirituales, se configura un proceso humanitario, compasivo y amoroso de cuidado al final de la vida.

Es una obligación ética de la sociedad y uno de los objetivos generales del sistema de salud que tiene que responder por los recursos y condiciones para que no se vuelva a dar -nunca ni a nadie- el abandono final, en medio del dolor, el sufrimiento y la indignidad. Y también, está claramente establecido, que la objeción de conciencia del médico o del profesional de la salud partícipe en estos procesos no está en discusión, tiene que ser una garantía.

junio 14, 2022

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