Los académicos avanzan para destrabar la Ley Estatutaria
Actualidad, Entrevista

Los académicos avanzan para destrabar la Ley Estatutaria


La Academia Nacional de Medicina tiene listo un borrador de proyecto de ley que reestructura el sistema de salud para desarrollar la estatutaria y dejar en el pasado Ley 100 de 1993.


Luego del hundimiento del proyecto 010 de transformación de la salud en el Senado de la República, el doctor Herman Redondo Gómez, miembro del Comité Legislativo de la Academia Nacional de Medicina (ANM), exmagistrado del Tribunal de Ética Médica de Bogotá y hasta hace poco asesor del secretario distrital de salud, afirmó que la ANM tiene listo un borrador de proyecto de ley de reforma a la salud que recoge los consensos fundamentales sobre los cuales debe sustentarse cualquier modificación al sistema.

Debido a que aún persiste el clamor en el país acerca de la urgencia de reformar el sistema de salud, el objetivo es trabajar de manera conjunta con otros gremios médicos, asociaciones científicas, facultades de medicina, sindicatos médicos y demás actores que participan en la atención en salud para presentar un proyecto unificado de transformación que sea iniciativa del sector salud y, así, poder recorrer el mismo camino que llevó a la aprobación de la Ley Estatutaria de la Salud (LES) 1751, en 2015, aseguró el doctor Redondo.


“Esperamos comenzar a socializar esta propuesta para alcanzar consensos y obtener un documento final que pueda ser presentado al Presidente de la República, al Ministerio de Salud y Protección Social y al legislativo, así como lo hizo la Gran Junta Médica Nacional en su momento“.


Para el doctor Gabriel Carrasquilla Gutiérrez, vicepresidente de la Academia Nacional de Medicina, los retos que enfrenta el sistema de salud en Colombia son muy complejos y de diferente naturaleza, sobre todo con las demandas que trajo consigo enfrenar una pandemia, por lo que no puede haber más dilaciones para implementar la ley estatutaria.

“En los últimos años se han frustrado varios intentos por cambiar el esquema del aseguramiento en salud y empezar a articular un modelo que realmente reconozca y garantice el derecho fundamental de la salud. Ese concepto implica redefinir el sistema; es decir, eliminar los decretos y las regulaciones que riñen con la estatutaria, en lugar de ajustar y tratar de fortalecer la Ley 100 de 1993”.

En 2018, la ANM, como órgano asesor y consultor del Gobierno en políticas de salud y educación médica, y debido al incumplimiento del plazo de dos años para la implementación de la estatutaria, creó la Comisión Conjunta para el estudio e implementación de la LES. El propósito de la Comisión fue configurar la normatividad que permitiera construir un sistema más justo y centrado en el bienestar de la población colombiana.

A finales de 2019, la Comisión Conjunta, integrada por miembros de la Academia y del Ministerio de Salud y Protección Social, presentaron al Gobierno un documento con 89 recomendaciones con las bases para el desarrollo de la LES.

En vista de que la estatutaria sigue sin ser implementada, la ANM decidió presentarle al Colegio Médico Colombiano un trabajo con 16 puntos divididos en 10 capítulos para que sea analizado, debatido y perfeccionado con los demás actores del sector, aclaró el doctor Carrasquilla. Por eso partimos de la premisa de establecer un modelo que ponga la salud de los colombianos por encima de cualquier otro interés, agregó el Magistrado.

“Eso significa que el acceso de los servicios de salud debe darse de manera oportuna, eficaz, con calidad para la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, la preservación del bienestar y el mejoramiento de la vida. La estatutaria también establece que la sostenibilidad fiscal no puede ser motivo para negar o generar barreras de acceso que impidan la prestación oportuna de todos los servicios de salud porque lo primordial es la garantía del derecho fundamental, sin supeditarse a los recursos disponibles, todo lo contrario al modelo de aseguramiento comercial que promovió la Ley 100, donde el interés por la rentabilidad económica terminó por dar lugar a la política generalizada de la contención del gasto”.


El borrador de la ANM propone designar un consejo nacional de salud adscrito al ministerio de Salud y en el cual estén representados todos los actores del sistema para que actúe como organismo director del sistema.


Este consejo sería un organismo con financiación propia, que tendría la facultad de adoptar las políticas públicas dirigidas a reducir las desigualdades de los determinantes sociales en salud y trabajaría con otros consejos territoriales de salud para conformar un sistema global y con democracia sanitaria donde los territorios más apartados también se sientan incluidos. Y en todo caso, el sistema estará bajo la dirección, supervisión, organización, regulación, coordinación y control del Estado, como lo ordena la LES.

Todo debería estar incluido, excepto lo que ya está excluido

Históricamente, la salud ha sido la cenicienta del presupuesto nacional, muchos e ilustres economistas la miran como un gasto, no como un derecho fundamental ya concebido en la sentencia T-760 de 2008 y en la LES, recalcó el exmagistrado.

“La pandemia mostró el rezago y las consecuencias de no invertir en salud. No olvidemos que la salud como derecho, también implica la posibilidad de desarrollar la capacidad y la potencialidad física y mental de las personas para alcanzar sus proyectos de vida, en las condiciones materiales y sociales más favorables”.

Dentro de los 16 temas, la Academia retoma la urgencia de tener un sistema enfocado en la Atención Primaria en Salud, que termine con la fragmentación fomentada por el modelo vigente y que cuente con equipos sanitarios multi e interdisciplinarios con alta capacidad resolutiva, que estén debidamente dotados con tecnologías que posibiliten la telemedicina y la telesalud para que puedan acercar la salud a la población, especialmente en territorios dispersos.

El objetivo, como quedó en la LES, es hacer actividades de promoción y prevención, diagnosticar e intervenir las condiciones que afecten la salud y reforzar los determinantes protectores y hábitos de vida saludables, dijo el doctor Carrasquilla.

“La estructura de la prestación de los servicios se debe hacer mediante las redes integradas e integrales de servicio en salud; se permite que dichas redes sean de naturaleza pública, privada o mixta, lo importante es que estén articuladas para garantizar la atención de la población en un territorio”.

Lo anterior va ligado al robustecimiento de la red pública por medio de subsidios de oferta para los hospitales públicos que se midan por indicadores de desempeño. El doctor Redondo señaló la conveniencia de generar subsidios para la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, así como el diseño de un plan maestro para modernizar la red pública, al tiempo que se abren nuevos centros de salud que suplan las necesidades de demanda en los territorios.

Un punto que ha estado en la discusión nacional es la cobertura en salud. La Ley 100 establecía un plan de beneficios, el cual estaba dado por un listado de inclusiones específicas y otro de exclusiones, lo que es una constricción del derecho a la salud.

Por su parte la estatutaria establece que todo está incluido, con excepción de lo que está excluido (servicios que tengan un propósito netamente cosmético o estético, no relacionado con procedimientos de recuperación o mantenimiento de capacidad funcional; que no exista evidencia científica sobre su seguridad y eficiencia clínica; que su uso no haya sido autorizado por la autoridad competente; que esté en fase de experimentación o que tenga que ser prestado en el exterior).

Para que no hayan los abusos que actualmente se presentan por medio de tutelas, el doctor Redondo manifestó que la misma estatutaria pone el mecanismo de contención al proteger la autonomía médica ejercida en el marco de esquemas de la autorregulación, la ética, la racionalidad y la evidencia científica.


“Hoy en día la autorregulación está en manos de los tribunales de la ética médica; por tal razón, la Academia, las sociedades científicas e instituciones de profesionales deben promover la instauración de las juntas de pares para promover la autorregulación”.


Estatuto laboral para el THS y medidas anticorrupción

Uno de los sectores más afectados con la Ley 100 ha sido el talento humano en salud. La contratación laboral y los salarios se empezaron a regir por las leyes de la oferta y la demanda, como mercancías. Pese a que la legislación ya prohíbe la tercerización, este documento insiste en que la sentencia de la Corte Constitucional y la normativa del Código Sustantivo del Trabajo deben cumplirse, comentó Redondo.

“Con respecto a las Órdenes por Prestación de Servicios (OPS), consideramos inaudito que más del 70 por ciento del recurso humano que realiza actividades misionales de carácter permanente esté remunerado bajo esa modalidad. No se puede admitir que casi todo el personal de hospitales públicos de primer nivel esté con este tipo de órdenes. Sin desconocer la situación financiera por la que atraviesan esas IPS públicas, resultaría conveniente fijar plazos para ir desmontando las OPS y dejar abierta la posibilidad de que algunos profesionales, como médicos especialistas, puedan continuar con OPS”.

En cuanto a la financiación del sistema, este borrador reitera la necesidad de eliminar la intermediación financiera de las EPS, poner en marcha el giro directo y redefinir las funciones de aseguradores y prestadores, ya que a diferencia del aseguramiento comercial que rige la Ley 100, la estatutaria es guiada por el aseguramiento social.

Para el magistrado, el proyecto debe proponer garantizar el cumplimiento del Acuerdo de Punto Final e incluir nuevas fuentes de recursos para sanear y dinamizar el sistema, así como medidas para evitar la pérdida del equilibrio financiero, con el fortalecimiento de la Administradora de Recursos del Sistema de Salud (ADRES) como único ente recaudador de los parafiscales de las cotizaciones a la seguridad social en salud, riesgos laborales y accidentes de tránsito, así como ser el que pague directamente a los prestadores servicios de salud. “Cada año se debería actualizar el valor de la UPC para incorporar los costos de las nuevas tecnologías. Para ello es hora de elaborar un estudio de costos y carga de la enfermedad para actualizar y garantizar la suficiencia de la UPC. También es necesario disponer de un manual tarifario único, actualizado y concertado con las instituciones médicas de cada especialidad.

De igual forma, se tienen que buscar nuevas fuentes de recursos, ya sea por impuestos generales o gravar aquellas actividades que generen riesgos para la salud, como la comida chatarra, las bebidas azucaradas, los vapeadores, los cigarrillos, la minería-polución, entre otros”.

Si hubo una lección que recalcó la pandemia es que los dineros públicos de la salud son sagrados. Para los académicos, el país tiene que adoptar todas las medidas posibles para evitar la corrupción en los diferentes niveles del sistema. Hay que pensar en simplificar el financiamiento, promover acciones de control social y regular las tarifas para determinados procedimientos médicos.

septiembre 14, 2021

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comité Editorial

Director
Dr. Stevenson Marulanda Plata

Editora
Maricielo Acero Rodríguez

Asesores Médicos
Dr. Jorge Diego Acosta Correa
Dra. Ivonne Díaz Yamal
Dr. Oswaldo Alfonso Borraez
Dr. Samuel Barbosa

Contacto comercial
Mary Stella Ardila Guzmán

NOSOTROS

Epicrisis es el órgano oficial de comunicación del Colegio Médico Colombiano. La opinión y conceptos personales expresados en los artículos firmados por un tercero no reflejan la posición de Epicrisis o el Colegio Médico Colombiano.

PBX: (+571) 746 3489 – Celular:(+57) 314 566 2174 – (+57) 323 232 4543 – (+57) 323 232 7752 – (+57) 314 566 2198Email : pqrs@colegiomedicocolombiano.org
Dirección: Carrera 7 # 69 – 17 – Bogotá, Colombia