¿Quiénes ganan y quiénes pierden con la reforma pensional?
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¿Quiénes ganan y quiénes pierden con la reforma pensional?


La aprobación de la reforma pensional ha generado discusiones y debates sobre sus implicaciones y efectos en diversos los diversos grupos poblacionales dentro del país.


Por Ricardo Barona Betancourt – Abogado, especialista en derecho laboral y magister en derechos humanos.

La reforma de pensiones que se aprobó el Congreso de la República tiene como objetivo abordar varios temas importantes relacionados con el sistema de pensiones.

Para el abogado Ricardo Barona Betancourt, especialista en Derecho Laboral y Relaciones Industriales de la Universidad Externado de Colombia, especialista en Seguridad Social de la Universidad Externado de Colombia, magíster en Derechos Humanos, Estado de Derecho y Democracia en Iberoamérica de la Universidad de Alcalá de Henares (Madrid–España), magíster en Derecho con énfasis en Derecho del Trabajo y Doctor en Derecho del Trabajo, Previsión Social y Derechos Humanos de la Universidad de San Carlos de Guatemala, una piedra angular de la reforma reside en la categorización de los beneficiarios de pensiones en diferentes pilares.

Ricardo Barona Betancourt – Abogado, especialista en derecho laboral

El pilar solidario está dirigido a personas en extrema pobreza, eximiéndolas de realizar aportes. Estas personas, identificadas como pobres y vulnerables, son principalmente hombres de 65 años, mujeres de 60 años o personas de 55 años (hombres) y 50 años (mujeres) con hijos discapacitados. “Si bien esto puede parecer novedoso, estos beneficios existen desde hace mucho tiempo en Colombia, con fondos específicos destinados a este grupo demográfico”, precisa el abogado Barona.

Por otra parte, el pilar semicontributivo engloba a quienes, a pesar de ser pobres y vulnerables, han realizado aportes al sistema de pensiones. Al cumplir 65 años si no cuentan con las semanas de cotización requeridas, reciben beneficios a través de los Beneficios Económicos Periódicos o BEPS, un programa de ahorro voluntario que forma parte del nuevo modelo de protección a la vejez. En particular, estas personas no califican para una pensión de salario mínimo sino para beneficios reducidos.

Además, la reforma elimina la libre elección entre Colpensiones y fondos privados para todos aquellos trabajadores, sean empleados, independientes o contratistas, que ganen más de 2,3 salarios mínimos. Más allá de este umbral, las personas aportan hasta 2,3 salarios mínimos en Colpensiones y posteriormente utilizan el pilar de ahorro voluntario en un fondo privado para mejorar el monto de su pensión.

¿Para la persona que tenga ingresos superiores a 2.3 salarios mínimos cómo funciona?, pregunta Barona. “Le van a liquidar hasta los 2.3 salarios mínimos con las reglas de Colpensiones, es decir, puede estar cerca al 80 por ciento de los 2,3 salarios mínimos y obviamente, lo que queda lo van a liquidar con las reglas de los fondos privados.

Por ejemplo, si una persona gana 10 millones de pesos y sobre ese valor cotiza los últimos 10 años, con el régimen anterior, estando en prima media en Colpensiones, la pensión de esa persona puede llegar a ocho millones de pesos. Pero con este nuevo modelo de pensión y con los mismos 10 millones de pesos de cotización, esa persona va a recibir de pensión unos tres millones y medio, es decir, que hay una marcada diferencia.

Los médicos, en particular, están ubicados en el pilar contributivo porque suelen tener ingresos mayores a 2,3 salarios mínimos. Por lo tanto, todos aquellos médicos hombres que al 1 de julio del 2025 no hayan completado las 900 semanas o médicas que a la misma fecha no tengan las 750 semanas cotizadas, van a tener una pérdida muy grande del monto de la pensión, afirma.

Otro cambio fundamental en la reforma es la posibilidad que los contratantes paguen las cotizaciones de los contratistas. Además, se produce un impacto significativo cuando una persona de 62 años, habiendo acumulado 1.300 semanas de cotizaciones, debe reclamar una pensión. De no hacerlo, da lugar a un potencial despido por causa justificada por parte de los empleadores.

Impuesto a las pensiones, régimen de transición y otros aspectos

El régimen de transición ofrece ventajas a las personas que cumplen condiciones específicas, pues un hombre que haya cotizado 900 semanas al día 1 julio del 2025 estará en régimen de transición, es decir que se va a pensionar con las reglas anteriores a la reforma. Lo mismo ocurre con una mujer que al 1 de julio de 2025 tenga 750 semanas de cotización.

De igual forma, los hombres mayores de 52 años y las mujeres mayores de 47 años ya no necesitan recurrir a mecanismos judiciales para regresar a Colpensiones, pues con la reforma tienen una ventana de dos años para hacer el traslado. “El tema importante para analizar es que todas aquellas personas que están en el régimen de transición tienen la ventaja de que se pueden pensionar bajo el régimen actual de prima media con presión definida, que en cualquier escenario le da muchos mejores resultados que en los fondos privados”, explica el abogado Barona.

Si bien la decimocuarta mesada pensional sigue sin recuperarse después de la reforma, se mantiene que el derecho a una pensión siga siendo válido indefinidamente, lo que permite a las personas exigir el pago si en algún momento los empleadores se lo niegan.

Otro aspecto es la disposición de cotizar por días o semanas, lo que se adapta a las personas que no pueden cotizar durante todo el período estipulado, aumentando así el monto de su pensión. Para aquellos que ganan más de 2,3 salarios mínimos, las contribuciones se ajustan en consecuencia entre Colpensiones y las regulaciones de los fondos privados.

Una adición importante es la provisión de una pensión especial de vejez para las personas con hijos discapacitados, independientemente de su edad. Además, las pensiones de vejez anticipadas y las pensiones familiares fomentan la acumulación conjunta de contribuciones para cumplir con los criterios de elegibilidad, aunque son exclusivas para aquellos con ingresos de salario mínimo.

En cuanto a las pensiones de invalidez y sobrevivencia, se observan cambios mínimos en la normativa, con ligeros ajustes en la liquidación de las pensiones. En particular, las pensiones de invalidez se revisan periódicamente o cuando se percibe un cambio de la capacidad laboral, lo que subraya la importancia de continuar con las contribuciones a las pensiones.

Para el profesor Barona, uno de los puntos que dará mucho que analizar es que las pensiones superiores a mil Unidades de Valor Tributario (UVT) quedaron sujetas a tributación, impactando a las personas que ganan más de 3.600.000 pesos. La reforma afecta indirectamente a las pensiones de alto riesgo, exigiendo la afiliación al régimen de prima media para recibir los beneficios definidos en dicho régimen, restringiendo las pensiones de alto riesgo para quienes superen los 2,3 salarios mínimos.

El vínculo intrínseco entre el empleo formal y la viabilidad a largo plazo del sistema de pensiones

El abogado Barona subraya que en cualquier modelo de pensiones lo que realmente importa es el empleo formal como base de cualquier modelo de pensiones sostenible. “Sin una fuerza laboral sustancial que contribuya a las pensiones, la longevidad del sistema está comprometida”, agrega el experto.

Al analizar los datos sobre los aportes a pensiones en Colombia, a pesar de contar con una población económicamente activa, la realidad es que solo un 25 por ciento realiza las respectivas cotizaciones, inclusive la tasa de desempleo plantea un obstáculo importante. Además, es preocupante la inexactitud de los datos, pues encontramos discrepancias entre el número de cotizantes y los pensionados reales en Colombia”, dice Barona.

Se debe tener en cuenta el problema subyacente de los trabajadores informales en sectores como el de la salud, donde los contratistas independientes forman una parte sustancial de la fuerza laboral. Es necesario, según el abogado laboralista, abogar por la formalización de estos trabajadores para garantizar que tengan derecho a prestaciones de salud, pensiones y cobertura de riesgos laborales. Al cerrar la brecha entre contratistas y trabajadores formales, se logran reforzar las contribuciones a las pensiones y abordar uno de los principales desafíos que enfrenta el sistema pensional.

Más adelante tendrán que tratarse otros aspectos más complejos como el aumento de la edad de jubilación y la urgencia de crear empleos para mejorar las contribuciones a las pensiones, pues hay que reconocer que esta reforma tiene muchas limitaciones a la hora de crear oportunidades de empleo”, puntualiza el abogado.

Es importante señalar que, si bien se aprobó la reforma del régimen pensional, su implementación llevará tiempo y es posible que se realicen más cambios y ajustes a lo largo del camino durante su reglamentación. Sin embargo, el objetivo general de la reforma es la introducción de una garantía de pensión mínima para que las personas pobres y vulnerables reciban unos ingresos básicos en la vejez.

Para finalizar, el doctor Barona enfatiza en la importancia de adelantar estudios de pensiones individualizados para navegar eficazmente en las complejidades del sistema. “Hay que enfatizar en la singularidad de cada caso y en la necesidad de comprender las circunstancias específicas de cada persona para tomar decisiones informadas sobre la planificación de la jubilación. Trazando paralelismos con la atención sanitaria, en cada caso se necesita una evaluación exhaustiva de las contribuciones, las brechas y los requisitos de las pensiones, similar a llevar las pruebas pertinentes a una consulta médica”.

Fuente: Órgano de información del Colegio Médico Colombiano. Epicrisis. Ed. Nº 33 (Septiembre-Noviembre 2024). ISSN: 2539-505X (En línea). #SaludDignaYA

septiembre 9, 2024

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