Sanción a EPS SOS: divulgación de historia clínica viola Habeas Data
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Sanción a EPS SOS: divulgación de historia clínica viola Habeas Data


La SIC sancionó a EPS SOS por divulgar sin autorización la historia clínica de un paciente con VIH. Conoce los detalles, implicaciones legales y el pronunciamiento de la entidad sobre la violación al habeas data en Colombia.


La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) confirmó una sanción contra la EPS Servicio Occidental de Salud (SOS) por la divulgación no autorizada de información sensible: el diagnóstico de VIH de uno de sus usuarios. Según el organismo, este hecho constituye una grave violación a los derechos fundamentales de intimidad, habeas data y no discriminación.

¿Qué ocurrió?

Durante un trámite de calificación de una patología osteomuscular, la EPS remitió la historia clínica completa del afiliado —incluyendo su estado serológico— a cuatro directivos de la empresa donde trabajaba. La SIC concluyó que esa información no era relevante para el proceso y su inclusión fue injustificada.

Este acto expuso al paciente a situaciones de vulnerabilidad, entre ellas alteraciones en su entorno laboral y afectaciones psicológicas derivadas de la exposición de un diagnóstico tan sensible.

Argumentos rechazados por la SIC

La EPS defendió su actuación alegando que no existían pruebas de un daño concreto, pero la SIC recordó que la protección de datos personales busca prevenir riesgos y no solo sancionar consecuencias consumadas.

La entidad subrayó que la historia clínica es un dato altamente sensible cuya circulación está restringida. Cualquier tratamiento fuera de los parámetros legales contraviene los principios de necesidad y finalidad establecidos en la Ley 1581 de 2012.

Tres mensajes clave de la SIC

La decisión de la Superintendencia dejó en firme los siguientes puntos:

  1. Los datos relacionados con la salud tienen protección reforzada en la Constitución y la ley colombiana.
  2. El envío de información solo es válido cuando responde a un propósito específico, necesario y con autorización del titular.
  3. Las organizaciones deben garantizar la confidencialidad mediante controles efectivos, no meramente formales.

Reconocimiento de SOS EPS

Tras la sanción, SOS EPS reconoció públicamente que la divulgación fue producto de un “error humano involuntario” ocurrido en 2022 y ofreció disculpas al paciente afectado y a la comunidad de afiliados.

La entidad aseguró haber fortalecido sus protocolos y anunció que enviará a los usuarios una actualización de su política de protección de datos, además de reforzar la capacitación del personal en el manejo de información sensible.

Compromiso futuro

La EPS aseguró que se encuentra implementando nuevos mecanismos de seguridad en sus canales de servicio y reiteró que la confidencialidad y el bienestar de sus afiliados seguirán siendo una prioridad.

agosto 27, 2025

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