La dignidad del médico es un derecho subjetivo que se invisibiliza y diluye en la vorágine del sistema de salud: empresarios, contratistas de mano de obra barata, gerentes de hospitales y clínicas, alcaldes, gobernadores, concejales diputados, y todos ellos.
Por: Stevenson Marulanda Plata – Presidente del Colegio Médico Colombiano
¡Ese colegio no sirve para nada!
¡Eso es un saludo a la bandera!
¿De qué sirve afiliarme?
¿Qué me van a dar?
Estas, y otras quejas y culpas, y aún peor, infames calumnias como la recientemente publicada en un chat de médicos insensatos asegurando que el Colegio Médico Colombiano “ha respaldado la tercerización” laboral y que nos deben quitar la función pública del registro médico (RETHUS), las recibimos a diario quienes, de una u otra manera, hemos dedicado parte de nuestras vidas, nuestro tiempo e incluso nuestros propios recursos a fortalecer el gremio en Colombia, particularmente en el sector salud.
Sin embargo, quienes se quejan, arrellanados en la comodidad instantánea de los chats, rara vez se detienen a reflexionar sobre qué han hecho ellos para transformar la realidad de la que tan amargamente se lamentan.
La inmensa mayoría ni siquiera posee la cultura gremial de contribuir con el valor pecuniario de una membresía a alguna organización gremial o científica, ni dedica un solo minuto a la defensa activa de sus derechos y su dignidad. Para muchos, esta responsabilidad moral parece ser siempre de otros.
Los derechos subjetivos
Los derechos subjetivos constituyen la esencia misma de la protección de la dignidad humana y de los intereses legítimos de cada individuo. En su esencia, un derecho subjetivo es la facultad que asiste a una persona para exigir o reclamar algo de otra persona, entidad o del propio Estado, una prerrogativa que le otorga la posibilidad de hacer valer sus intereses y garantizar el cumplimiento de las normas que rigen su existencia dentro de la sociedad. Esta facultad, reconocida y protegida por el ordenamiento jurídico colombiano, no es un simple concepto teórico, sino un principio fundamental que permea la vida cotidiana de los ciudadanos, dotándolos de herramientas para exigir justicia, respeto y equidad.
El carácter “subjetivo” de estos derechos radica en que pertenecen a la esfera personal e intransferible del individuo. No son meras concesiones caprichosas del Estado ni privilegios accidentales, sino manifestaciones tangibles de la libertad, la autonomía y la dignidad de la persona. Cada derecho subjetivo es, en esencia, una extensión de la identidad del ser humano, reflejando sus necesidades, intereses y valores fundamentales. Ejemplos paradigmáticos incluyen el derecho a la vida, a la libertad, a la educación, al trabajo y, de manera especialmente relevante para nosotros, al acceso a la salud.
El derecho subjetivo a la salud: entre la norma y la realidad
El acceso a la salud es uno de los derechos subjetivos que mejor ejemplifica la interacción entre la norma y la realidad social. En teoría, toda persona tiene el derecho de recibir atención médica oportuna y de calidad, según lo estipulado en la Constitución y las leyes colombianas que regulan el sistema de salud. No obstante, la distancia entre lo que está escrito y lo que ocurre en la práctica es, muchas veces, abismal. Frente a la negación o vulneración de este derecho, el ciudadano puede emprender diversas acciones:
1. Reclamar ante las autoridades de salud, instancia creada precisamente para garantizar el cumplimiento de este derecho.
2. Interponer una acción de tutela, mecanismo expedito para la protección inmediata de los derechos fundamentales.
3. Presentar una queja ante el Defensor del Pueblo, como garante de los derechos de los ciudadanos.
4. Acudir a la Procuraduría General de la Nación, cuando se presuma una conducta indebida por parte de un funcionario público.
5. Radicar una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, en casos donde la negligencia o el dolo puedan configurar un delito.
6. Iniciar un proceso judicial para exigir el cumplimiento del derecho, agotando todas las instancias que el ordenamiento jurídico ofrece.
Si bien la ciudadanía ha aprendido, en mayor o menor medida, a ejercer estas herramientas para la defensa de sus derechos, es llamativo como los propios médicos y trabajadores de la salud, quienes diariamente luchan por garantizar la salud de otros, rara vez reivindican su propia dignidad con la misma determinación.
La dignidad del médico: un derecho subjetivo muerto
La dignidad del médico es un derecho subjetivo que se invisibiliza y diluye en la vorágine del sistema de salud: empresarios, contratistas de mano de obra barata, gerentes de hospitales y clínicas, alcaldes, gobernadores, concejales diputados, y todos ellos. No obstante, al igual que el paciente tiene derecho a exigir atención de calidad, el médico tiene el derecho irrenunciable a condiciones laborales justas, al respeto de su autonomía profesional y a un ambiente de trabajo libre de presiones indebidas, abusos y precariedad. La diferencia radica en que, mientras el paciente suele estar dispuesto a luchar por la defensa de su derecho a la salud, el médico en cambio, y en general los trabajadores de la salud, seguramente por físico miedo, se resignan y toleran con estoicismo la vulneración de su dignidad.
La dignidad no se delega. Como una planta no puede arraigarse ni realizar fotosíntesis por otra, ninguna de nuestras organizaciones gremiales o científicas puede garantizar la dignidad de cada trabajador en cada sitio de trabajo. Nadie puede respirar por otro, ni filtrar orina por otro. La defensa de la dignidad es un acto intransferible ─una acción personal e impostergable que debe ocurrir in situ, in vivo, ipso facto─, en cada lugar de trabajo y en cada momento laboral. La defensa de la dignidad debe ser entendida como un esfuerzo biológico, natural y personalísimo, donde cada uno es protagonista de su propia lucha dentro de un contexto de cooperación, coordinación y entendimiento con los demás interesados y las respectivas organizaciones gremiales.
Este es el problema: la errónea convicción de que la defensa de la dignidad del médico y demás profesionales de la salud es una tarea que corresponde exclusivamente a las organizaciones gremiales: colegios de profesionales, sociedades científicas, academias y demás asociaciones gremiales.
La organización y la acción colectiva: la clave para un gremio fuerte
Si el médico y profesional de la salud no se levantan como individuos en defensa de su propia dignidad, ningún gremio podrá hacerlo por ellos. La organización y la acción colectiva son fundamentales, pero estas solo adquieren sentido cuando cada individuo asume su responsabilidad personal. Lo que llamamos “gremio” es, en realidad, una realidad imaginada, una ficción, un mito inútil, si la lucha por la dignidad no se materializa en cada sitio de trabajo, cada segundo, cada minuto, cada día. Solo cuando los profesionales de la salud comprendan que la defensa de sus derechos es una acción cotidiana, podremos hablar de un gremio fuerte y con verdadera incidencia en las políticas públicas.
Los profesionales de la salud no pueden seguir aceptando condiciones indignas como si fuera una maldición inevitable. Es hora de abandonar la comodidad de la resignación y asumir la responsabilidad de exigir lo que es justo. No podemos seguir culpando a otros de nuestra propia suerte. El cambio no vendrá de leyes muertas como las que prohíben las ordenes de trabajo a destajo y de falsos sindicatos y cooperativas. Vendrá de la acción decidida de cada uno para resucitar esas leyes en cada sitio de trabajo.
La dignidad no es un obsequio ni una concesión. Es un derecho. Y como todo derecho subjetivo, solo se hace realidad cuando quien lo posee está dispuesto a defenderlo.
ADENDUM: Este video editado por el doctor Ricardo Barona, asesor jurídico del Colegio Médico Colombiano, se podría entender como una extensión de este editorial. Recomiendo, muy comedidamente, oírlo y analizarlo todo, pues explica y analiza con lujo de detalles los peligrosos límites de nuestras organizaciones gremiales y científicas en este tema, ya que la Superintendencia de Industria y Comercio tiene competencia para investigarnos y sancionarnos duramente cuando exista violación a la libre competencia y abuso de la posición dominante:
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