El Instituto Nacional de Cancerología aún necesita reformarse
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El Instituto Nacional de Cancerología aún necesita reformarse


La directora del INC dice que, aunque el proyecto de transformación del Cancerológico se presentó al ministerio de Salud desde el 2019 y asistió a todas las audiencias públicas para debatirlo, no fue posible defender la imperiosa necesidad de transformar la naturaleza jurídica del Instituto para poder contratar por planta al THS, hacer más investigación y renovarse con el fin de ofrecer la mejor atención a los pacientes de cáncer.


Desde mediados de 1934, cuando se inauguró el Instituto Nacional de Radium, hoy conocido como Instituto Nacional de Cancerología (INC), el reconocimiento por su gestión se ha expandido con el paso del tiempo. No solo fue el primer hospital de América Latina en su categoría, sino que su proyección científica le ha llevado a convertirse en un centro de referencia en la región, tanto así que sus estudios han contado con una alta distribución, recientemente obtuvo el premio nacional de alta gerencia y ocupó el tercer lugar en el Congreso Nacional de Mastología por el trabajo publicado en The Oncologist sobre la respuesta patológica a la quimioterapia neoadyuvante en cáncer de mama localmente avanzado y su relación con la biología tumoral.

Dra. Carolina Wiesner Ceballos, directora INC

Dese 1994, cuando el INC se convirtió en una Empresa Social del Estado adscrita al ministerio de Salud, ha tenido que afrontar grandes desafíos para seguir con las puertas abiertas. La doctora Carolina Wiesner Ceballos, directora del INC, recuerda que debido a la ausencia de un marco legal que le permitiera a la institución desarrollar todo su potencial para hacer investigación, docencia y seguir atendiendo a los pacientes de cáncer con los más altos estándares de calidad, se exploró la competencia del Congreso de la República de conformidad con las atribuciones que le son conferidas por el artículo 150 de la Constitución Política, para transformar específicamente la naturaleza jurídica del INC.

De esta forma, el INC dejaría de ser una Empresa Social del Estado (ESE), o sea, un prestador de servicios tal y como lo define la ley 100 de 1993, para obtener una nueva naturaleza jurídica, con un régimen legal propio en varias materias: administrativo y presupuestal, laboral y contractual.

“El artículo 54 del proyecto de ley de reforma a la salud constituía un gran universo de temas que le permitían al legislador extraordinario a través de las facultades extraordinarias conferidas al Presidente de la República definir diversos asuntos en cuanto a las competencias del prestador en el orden nacional y territorial, dotarlo de variadas competencias para asumir un rol específico para concurrir en la definición de la políticas en cáncer, ser centro de referencia en cáncer, articulador de la investigación de cáncer a nivel nacional, en el marco de los proyectos de ciencia, tecnología e innovación, todo lo cual exigía definirle nuevos instrumentos legales, que serían detallados bajo el esquema de esa nueva naturaleza, como tener un régimen laboral muy similar al que aplica el sector privado y que le permitiera atraer a especialistas, docentes e investigadores. Además, convertir al INC en una entidad especializada y fortalecida desde lo legal constituía la mejor estrategia del Estado en la lucha contra el cáncer”.

Después de que la iniciativa legislativa fuera archivada por el Congreso, lo cierto es que el INC no contará con esa nueva arquitectura jurídica. Sin embargo, aclara la directora, con algunas limitaciones que son de reserva legal, como el régimen jurídico de sus empleados que seguirán siendo cargos de carrera (artículo 195, núm. 6 L 100/93, ley 909/04) el Instituto podrá esforzarse aún más para obtener la acreditación, el rediseño y la modernización, así como para que se definan por vía decreto ordinario algunas funciones que hoy no tiene y cree un patronato con el fin de adelantar la investigación con otros recursos.

“En suma, el Presidente puede implementar varios asuntos vía decreto ordinario que de alguna manera recopile aspectos importantes del proyecto 010, pero no con la fuerza que tendrían si el artículo 54 de la ponencia conciliada hubiera recibido su trámite para llevarlo al plan de desarrollo de la Ley 1955 de 2019, conocida como la Ley Sandra Ceballos, y al plan decenal de Cáncer”.

Un prestador integral de servicios oncológicos

El Instituto Nacional de Cancerología ha sido el hospital público oncológico de mayor reconocimiento en Colombia y de prestigio en la región por la atención a pacientes, docencia, investigación y estructuración de políticas públicas para prevención y tratamiento de la enfermedad.

Su última reforma se produjo en 2009, mediante la expedición de un decreto del gobierno Uribe que buscó su fortalecimiento como principal organismo público para el control del cáncer en el país.

Según datos de la Agencia de Periodismo Investigativo (API) de finales del 2020, en el año 2019, el INC facturó $281.053 millones de pesos, lo que significó un uno por ciento más respecto a la vigencia 2018.

Dice la Agencia que el crecimiento modesto se debió a la disminución de nuevos pacientes remitidos de la Nueva EPS y Medimás, así como a la restricción de servicios prestados a los usuarios de EPS que entraron en liquidación como Salud Vida, Comfacor, Cruz Blanca, Comparta y Emdisalud.

Del total de la facturación el regimen subsidiado representó el 43 por ciento, mientras que el regimen contributivo fue del 37 por ciento y finalmente el vínculado con el 9.5 por ciento. En cuanto a la oportunidad de respuesta, las cifras del INC demuestran su eficacia en relación con el sistema de salud. El tiempo máximo de autorizaciones ambulatorias fue de tres días, mientras que las de hospitalarias fue de 0.3 días.

Vale recordar que el cáncer es la segunda causa de muerte en el mundo y es una afección mucho más común y compleja de tratar en países pobres. En Colombia, según cifras del ministerio de Salud hay 275.348 personas con el diagnóstico y al año se detectan cerca 2.200 menores de edad con la enfermedad.

Ante esas cifras que cada día van en aumento, la doctora Wiesner señala que dado que en Colombia la oferta de servicios de salud no está regulada por el ministerio de Salud, sino que dependen de la dinámica del mercado, es difícil promover la mejor calidad de la atención a los pacientes con cáncer que requieren servicios integrales y especializados que funcionen como cabeza de red, es decir, una institución integral por cada dos millones y medio o tres millones de habitantes.

“El país cuenta con 1.867 servicios oncológicos habilitados por el Ministerio de Salud y Protección Social en 343 Instituciones. Así las cosas, los pacientes son atendidos en múltiples servicios oncológicos que, por lo general, no son integrales. Por el contrario, la evidencia mundial ha demostrado que a mayor volumen de pacientes atendidos en una misma institución, aumenta la calidad”.

Frenar la fuga del recurso humano a centros privados

A medida que la población se vuelve más longeva, el cáncer va ganando mercado en la amplia gama de patologías crónicas. No obstante, los recursos destinados a la investigación y a los tratamientos oncológicos resultan insuficientes; de ahí que se considere una enfermedad de alto costo. Según registros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo, OCDE, el cáncer representa el diez por ciento del gasto total en salud de los países.

Y pese a que cada día aparecen nuevos medicamentos y terapias oncológicas con menos efectos adversos, en este momento el INC requiere una actualización en la ley que le permita otro tipo de vinculación de los empleados, diferente al de la carrera administrativa en la forma establecida hoy para las ESE, explica la directora Wiesner.

“De seguir así, al Instituto le quedará imposible adherir a su recurso humano, pues sus empleados del área misional -que deben estar en planta (C-614/08 y C-171/119)- deberán concursar para permanecer en sus cargos una vez la CNSC los convoque. Esto representa un escenario hostil e imposible si se tiene en cuenta que este personal contará en el mediano plazo con nuevas opciones que no le imponga la limitación de este requisito y seguramente con mayores remuneraciones. Un asunto que deberá ser resuelto en el mediano plazo so pena de que el INC vea debilitado su recurso humano especializado”.

Para concluir, la doctora asegura que ahora que muchos sectores del país comenzaron a reactivarse, el INC debe estar preparado para atender los nuevos casos de cáncer. Parte de las funciones que tiene el Instituto es ser el coordinador del observatorio epidemiológico del cáncer y de acuerdo con la información generada por los registros de cáncer de base poblacional que son consolidado por la Agencia Internacional de Investigación en Cáncer, Colombia tendrá en diez años un incremento del 33 por ciento de pacientes nuevos comparado con la incidencia registrada en el 2020.

“EL INC ha sido el motor para promover la prevención y la detección temprana de cáncer en el país. Esa debe ser siempre la primera estrategia. Lamento que se haya perdido la cobertura de vacuna contra el cáncer de cuello uterino (vacuna VPH) y que no hayamos podido iniciar la tamización con pruebas VPH. Es necesario mejorar la oportunidad de las mujeres que tienen signos clínicos y mamográficos de sospecha de malignidad pues el sistema tiene muchas barreras. De todos modos, el Instituto está trabajando con la secretaria de salud de Bogotá para poder mejorar las acciones para el control del cáncer mediante un verdadero trabajo en red que a la fecha no lo tenemos. Quiero destacar que Colombia tiene todo para atender bien a los pacientes con cáncer, lo que necesitamos es organización, trabajo coordinado y mejores herramientas desde un enfoque del valor público”.

septiembre 13, 2021

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