La práctica de la medicina, intrínsecamente ligada a la incertidumbre biológica y la complejidad del cuerpo humano, se encuentra en una encrucijada legal y social.
Por: Doctor Aníbal Olier Combariza, ortopedista y traumatólogo; cirujano de cadera y rodilla.
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La posibilidad de que cualquier médico pueda enfrentar una demanda por las complicaciones inherentes a un procedimiento, o incluso por el propio acto médico en sí, algunas veces de manera inescrupulosa o malintencionada, sin un análisis mínimo previo, y sin que el demandante asuma ninguna consecuencia cuando se logra demostrar la idoneidad del médico, levanta serios interrogantes sobre la equidad y la comprensión de los límites de la ciencia y la pericia.

Los médicos, cada vez más, actuamos prevenidos y muchas veces atados de manos, pensando más en las posibles consecuencias legales, que en los beneficios que se le podrían ofrecer a un paciente. Esta realidad se agrava cuando se constata la falta de consecuencias significativas para aquellos demandantes cuyas acusaciones resultan infundadas, y se tonar aún más preocupante en el contexto de la notificación judicial a través de edictos digitales, una práctica que expone la intimidad y la reputación de los individuos antes de cualquier juicio justo.
En primer lugar, la idea de que un médico pueda ser demandado por las complicaciones naturales de un procedimiento quirúrgico o tratamiento médico, o peor aún, por no cumplir con las expectativas de un paciente, o simplemente por la búsqueda de una ganancia secundaria por parte de un paciente que ve la posibilidad de sacar “algún provecho”, sin ningún riesgo de responsabilidad, parece desconocer la propia naturaleza de la medicina.
Cada intervención, por más meticulosa y experta que sea, conlleva un margen de riesgo. El cuerpo humano reacciona de maneras diversas, y las complicaciones pueden surgir incluso cuando se han seguido todos los protocolos y estándares de cuidado.
Imputar responsabilidad legal al médico en estos casos puede generar un clima de temor y una medicina defensiva, donde se prioricen pruebas y procedimientos innecesarios para evitar posibles demandas, en detrimento de la atención centrada en el paciente y la eficiencia del sistema de salud.
No pretendo desconocer la responsabilidad médica legal, ética y social, ni negar la existencia de casos específicos de mala praxis. Sin embargo, es crucial distinguir entre la negligencia médica probada, donde el profesional se aparta de los estándares aceptados de la práctica, y las complicaciones inherentes al acto médico, que forman parte del abanico de posibilidades en cualquier intervención.
En segundo lugar, la simetría en las consecuencias de una demanda es un punto crítico. Que cualquier persona pueda iniciar un proceso legal contra un médico sin sumir ninguna responsabilidad cuando sus acusaciones se muestran carentes de fundamento o cuando se establece la correcta actuacioón del profesional, genera un desequilibrio en el sistema judicial.
Esto puede alentar demandas frívolas o basadas en expectativas poco realistas, sobrecargando el sistema judicial, afectando emocional y financieramente a los médicos, y potencialmente disuadiendo a profesionales talentosos de ejercer su labor con la dedicación y la audacia que la medicina requiere. Establecer mecanismos que evalúen la pertinencia de las demandas y que contemplen algún tipo de consecuencia para el demandante en casos de manifiesta mala fe o falta de sustento podría fomentar una mayor responsabilidad y un uso más racional de los recursos digitales.
Finalmente, la persistencia de la notificación por edictos en la era digital plantea serias preocupaciones sobre el derecho a la privacidad y la presunción de inocencia. Si bien la intención de garantiza que la persona demandada tenga conocimiento del proceso es válida, la publicación de edictos en páginas de internet de acceso público expone información sensible y acusaciones no probadas a un escrutinio indiscriminado.
Cualquiera puede acceder a estos documentos y formarse una opinión, casi siempre negativa, sobre la persona demandada, en este caso, un médico, antes de que haya llevado a cabo un juicio justo y se haya demostrado su culpabilidad. Esta exposición pública puede dañar irreparablemente la reputación profesional y personal del médico, generando un estigma injusto y afectando su capacidad para ejercer su labor y llevar una vida normal.
En un siglo donde existen múltiples herramientas para la notificación directa y privada, la generalización de los edictos digitales como medio principal de notificación parece no ser propia de esta época y resulta perjudicial para los derechos fundamentales los individuos.
En conclusión, la posibilidad de demandar a un médico por las complicaciones inherentes a su laboral, la falta de consecuencias para demandas infundadas y la exposición pública a través de edictos digitales configuran un panorama que requiere una profunda reflexión y revisión.
Es fundamental encontrar un equilibrio entre el derecho de los pacientes a buscar justicia y la necesidad de proteger a los profesionales de la salud de demandas injustificadas y de la erosión de su reputación antes de un juicio justo.
La sociedad debe abogar por sistemas legales más equitativos, que comprendan la complejidad de la práctica médica y que utilicen las herramientas digitales de manera responsable, protegiendo la privacidad y la presunción de inocencia de todos sus ciudadanos.












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