Régimen exceptuados deberán contar con gestión del riesgo
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Régimen exceptuados deberán contar con gestión del riesgo


Las entidades que administran los regímenes especiales y de excepción en salud deberán implementar un Sistema de Gestión de Riesgos, según circular externa expedida por la Supersalud.


En salud, como en otros sectores, existen regímenes especiales y de excepción (REE), como es el caso de las fuerzas militares, la Policía Nacional, la educación y Ecopetrol.

La Superintendencia Nacional de Salud ha venido trabajando en forma concertada para avanzar en un modelo que permita evitar o mitigar los riesgos inherentes a estos sistemas, con el fin de proteger a sus usuarios de cualquier eventualidad.

Por ello, desde hace más de un año, la Supersalud ha avanzado en la definición de una serie de lineamientos generales y específicos, para que las entidades que administran los REE adopten e implementen un Sistema de Administración de Riesgos. El objetivo es que se puedan identificar, evaluar, medir, controlar y monitorear los riesgos a los que se encuentran expuestas en sus actividades en salud.

Este sistema debe contar con políticas, procesos, procedimientos y mecanismos o herramientas que les permita identificar alertas tempranas para la toma de medidas correctivas y preventivas.


Las entidades que administran los regímenes especiales y de excepción en salud deberán implementar un sistema de Gestión de Riesgos, según circular externa expedida por la Supersalud.


Periodo de transición

Las entidades que administran los REE cuentan con un periodo de transición de treinta meses para implementar el sistema de administración de riesgos dispuesto en la circular.

En este tiempo, la Supersalud podrá realizar visitas o hacer los requerimientos que considere necesarios para validar el plan de implementación que haya diseñado la entidad, el cronograma y sus avances (objetivos, estrategias, actividades, responsables y plazos), las políticas propuestas y los elementos del Sistema de Administración de Riesgo.


Lineamientos a seguir

En septiembre de 2021, fueron expedidos los decretos que permitieron modificar la estructura de la Supersalud. El rediseño generó grandes cambios en la entidad, entre los que se destacan:

  1. Es necesario que cada uno de los riesgos identificados incluya las cuatro etapas, conocido como ciclo de gestión de riesgos: identificación, evaluación y medición, control, seguimiento y monitoreo.
  2. Diseñar y adoptar una política de gestión de riesgos que permita el desarrollo del ciclo de la gestión de riesgos.
  3. Establecer procesos y procedimientos que instrumente o desarrolle la política anteriormente mencionada.
  4. Documentación para la gestión de riesgos. Las etapas del ciclo general de riesgos y los elementos específicos deben quedar consignados en documentos y registros.
  5. Disponer y utilizar infraestructura tecnológica necesaria para garantizar el funcionamiento del sistema de administración de riesgos.
  6. Diseñar y coordinar estrategias de divulgación y capacitación que permitan formar a cada uno de los empleados y colaboradores de la entidad en todo lo relacionado con la gestión de riesgos.
  7. Conformar de manera voluntaria un área o grupo interdisciplinarios que realicen el seguimiento de la gestión de riesgos.

En la etapa final

Durante este último año, el documento se publicó para que tanto los vigilados como la ciudadanía en general realizara sus respectivos comentarios, y se adelantaron mesas de trabajo con las entidades pertenecientes a estos regímenes para resolver dudas.



“Luego de un intenso trabajo, podemos decir que recuperamos el rumbo de la salud, porque le dimos prioridad a las necesidades de los usuarios”. Fabio Aristizábal Ángel Superintendente Nacional de Salud.


Fuente: Publicación digital de la Superintendencia Nacional de Salud. Revista Monitor Salud. Ed. Nº 9 (Marzo-Junio 2020)

septiembre 12, 2022

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